Frontal de altar de San Vicente de Treserra
Frontal de altar realizado en madera tallada y decorado con relieves en estuco barnizado y policromía al temple que procede de la localidad de Treserra.
Su composición se articula en tres registros verticales, el central de los cuales contiene una representación del titular de la obra, San Vicente, entronizado y bendiciendo con la diestra mientras sostiene un libro en su mano izquierda. Su pose y su gesto severo evoca sin lugar a dudas la fi gura de Cristo como Maiestas Domini tan frecuente en el arte románico. Esta figura central se encuentra enmarcada por un arco trilobulado sostenido por unas esbeltísimas columnas de capitel tallado. Cuatro registros, dos a cada lado, fl anquean a San Vicente y representan escenas relativas a su vida pintadas en tonos rojos y azules principalmente. En concreto, en el registro superior derecho se ve al santo aragonés predicando, en el superior izquierdo éste aparece ante el emperador Daciano, en el inferior derecho San Vicente es torturado en una parrilla y en el inferior izquierdo se muestra al santo diácono en su lecho de muerte. Todos los registros van acompañados de una breve inscripción identifi cativa.
Toda la pieza aparece enmarcada por un friso realizado en estuco tallado con motivos seriados y estilizados de aire orientalizante y recubierto por un barniz a modo de corladura, que le confi ere un aspecto brillante y muy rico. Este friso se repite entre los registros y enlaza con la decoración geométrica del fondo, formada por una llamativa retícula de rombos, que hace de este frontal tardorrománico una pieza realmente singular y claramente relacionada con otros frontales más suntuosos realizados con metales, esmaltes y piedras preciosas, a los que parece querer emular. Su realización puede datarse en la segunda mitad del siglo XIII y sería fruto de un taller ribagorzano.
Historia
Siglo XIII
Siglo XIX
Es propiedad del Obispado de Barbastro-Monzón tal y como recoge el Razonamiento Jurídico Cuarto, punto 42, del Decreto de la Congregación para los Obispos de 8 de septiembre de 2005
Declaración. Siglo XXI, 2011
Siglo XXI, 2021
Bibliografía relacionada
Frontal de altar realizado en madera tallada y decorado con relieves en estuco barnizado y policromía al temple que procede de la localidad de Treserra.
Su composición se articula en tres registros verticales, el central de los cuales contiene una representación del titular de la obra, San Vicente, entronizado y bendiciendo con la diestra mientras sostiene un libro en su mano izquierda. Su pose y su gesto severo evoca sin lugar a dudas la fi gura de Cristo como Maiestas Domini tan frecuente en el arte románico. Esta figura central se encuentra enmarcada por un arco trilobulado sostenido por unas esbeltísimas columnas de capitel tallado. Cuatro registros, dos a cada lado, fl anquean a San Vicente y representan escenas relativas a su vida pintadas en tonos rojos y azules principalmente. En concreto, en el registro superior derecho se ve al santo aragonés predicando, en el superior izquierdo éste aparece ante el emperador Daciano, en el inferior derecho San Vicente es torturado en una parrilla y en el inferior izquierdo se muestra al santo diácono en su lecho de muerte. Todos los registros van acompañados de una breve inscripción identifi cativa.
Toda la pieza aparece enmarcada por un friso realizado en estuco tallado con motivos seriados y estilizados de aire orientalizante y recubierto por un barniz a modo de corladura, que le confi ere un aspecto brillante y muy rico. Este friso se repite entre los registros y enlaza con la decoración geométrica del fondo, formada por una llamativa retícula de rombos, que hace de este frontal tardorrománico una pieza realmente singular y claramente relacionada con otros frontales más suntuosos realizados con metales, esmaltes y piedras preciosas, a los que parece querer emular. Su realización puede datarse en la segunda mitad del siglo XIII y sería fruto de un taller ribagorzano.
Historia
Siglo XIII
Siglo XIX
Es propiedad del Obispado de Barbastro-Monzón tal y como recoge el Razonamiento Jurídico Cuarto, punto 42, del Decreto de la Congregación para los Obispos de 8 de septiembre de 2005