Ventas, depósitos y donaciones de documentos y archivos privados

El Gobierno de Aragón, a través de la Dirección General de Cultura, tiene entre sus objetivos el acrecentamiento del Patrimonio Documental Aragonés que pueda ser de interés para el conjunto de los ciudadanos aragoneses y españoles. Para ello, cuenta con las figuras legales del depósito, la donación y la venta de documentos, fondos documentales o colecciones.

De esta forma, cualquier particular puede dirigirse al Gobierno de Aragón para ofrecer los documentos o fondos o colecciones documentales de los que sea propietario en donación, depósito o venta.

En principio no hay limitaciones temáticas. Tan potencialmente trascendente puede ser un archivo personal como testimonios del mundo asociativo (sindicatos, asociaciones vecinales, sindicales, de juventud o culturales, agrupaciones políticas, cooperativas de productores, organizaciones religiosas…), las actividades económicas (empresas, comercios, profesionales…) o intelectuales o científicas. No obstante, la aceptación de cualquier oferta pasa por la pertinente evaluación de su valor e interés para Aragón, mediante la elaboración del informe técnico pertinente.

A los efectos, los interesados pueden dirigirse a cualquiera de los Archivos Históricos Provinciales dependientes del Gobierno de Aragón o bien a la Dirección General de Cultura Patrimonio Cultural, bien por correo postal (Edificio Ranillas, Avda. Ranillas, 5 D, 2ª planta, 50018 Zaragoza), bien a través de la dirección de correo electrónico difusion.patrimoniocultural@aragon.es.

Si la oferta es aceptada, en el caso de las ventas y donaciones, el Gobierno de Aragón se convierte en propietario de los documentos, fondo o colección en cuestión depositándolos a continuación, por lo común, en los Archivos Históricos Provinciales que gestiona, donde quedan a disposición de los ciudadanos. En el caso de los depósitos se estará a lo suscrito en el correspondiente contrato o convenio establecido con el depositante, aunque lo común es que el régimen de la documentación depositada se asimile a las pautas normalizadas de tratamiento del Archivo receptor.

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