Restauración documentos del Patrimonio Documental Aragonés

Según establecen los arts. 32 y 56 de la Ley de Patrimonio Cultural Aragonés toda intervención sobre un documento que forme parte del Patrimonio Documental Aragonés requerirá la autorización previa del Director General responsable de Patrimonio Cultural.

El objetivo es que el tratamiento de restauración que se vaya a dar a estos bienes, protegidos por la Ley, sea el más adecuado.

Para conseguir esa autorización se deberá remitir la correspondiente petición por parte del propietario, acompañada de una memoria donde se detallen las operaciones que se prevén aplicar a la pieza. Más detalles en: Restauración de bienes integrantes del Patrimonio Documental Aragonés. Gobierno de Aragón.

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